Así lo estableció un fallo de la Corte Constitucional al evaluar una tutela de dos estudiantes de una escuela militar, quienes fueron expulsados de esa institución.
Expulsar a estudiantes por tener relaciones sexuales dentro de las instituciones educativas es una “sanción desproporcionada”. Así lo estableció un fallo de la Corte Constitucional, teniendo en cuenta que aunque esa conducta puede ser reprochada por manuales de convivencia, hace parte de la esfera íntima de las personas.
Esta decisión se produjo luego de que el alto tribunal evaluara una tutela interpuesta por dos estudiantes de una escuela militar, quienes fueron expulsados de esa institución por tener sexo en las instalaciones del centro educativo.
Los dos estudiantes (una menor y un mayor de edad) fueron grabados durante el acto y, posteriormente, la dirección de la escuela los encontró responsables de cometer una falta disciplinaria gravísima en un aula de clases. Por este motivo, les impuso la mayor sanción en el centro educativo: cancelar su matrícula y expulsarlos.
Según la Corte Constitucional, esa institución vulneró sus derechos al debido proceso y la intimidad, al llevarlos a perder su cupo en la escuela militar de la que hacen parte unas 3.000 personas.
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